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domingo, 12 de agosto de 2012

Definición de cota y ronda, Lago de Tota

Ilustración.
Siguiendo lo informado por Boyacá 7 Días el pasado sábado 4 de agosto, sobre la definición de cota y ronda para el Lago de Tota hecha por CORPOBOYACÁ mediante Resolución 1786 del 29 de junio de 2012; contribuimos aquí en orientar sitio en el cual puede obtenerse dicho acto administrativo.

La referida resolución hace parte del Boletín Oficial No. 073 de junio/2012.


Detalles - [Ver/descargar PDF de nuestro archivo] aquí:
-Resolución 1786 de 2012: [ver/descargar PDF]
-Boletín oficial Corpoboyacá No. 73 de 2012 (contiene la Res. 1786/12): [ver/descargar PDF]

Enlaces oficiales:
> Página web para acceder a los Boletines Oficiales de Corpoboyacá - ver aquí.
> Boletín Oficial CB No. 073 de junio/2012, contiene la Resol. 1786/12 - aquí.
> Resol. 1786/12, publicada en portal oficial del municipio de Aquitania - aquí.

La cota máxima de inundación del Lago de Tota fue definida en 3,015.65 msnm. Por su parte, fue definida también la ronda de protección del Lago de Tota en treinta (30) metros paralelos a la cota máxima de inundación, alrededor del cuerpo de agua.

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Entretanto, hubo protesta el día lunes 13 de agosto (2012), por parte de algunos agricultores - ver reporte.

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Actualización (28/nov 2019):
Mediante resolución # 3992 del 28/nov 2019, Corpoboyacá "adopta" la cartografía oficial de cota máxima y ronda del Lago de Tota, establecida tiempo atrás mediante senda resolución 1786 de 2012.

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