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sábado, 6 de julio de 2024

ANLA confirma permiso de ocupación de cauce para muelle a Corpoboyacá - Playa Blanca

Se han resuelto los recursos de reposición interpuestos por 3 actores en contra de la resolución ANLA No. 769 del 29/abr 2024 “Por la cual se otorga una autorización para ocupación de cauce y se toman otras determinaciones”, autorización otorgada a Corpoboyacá en Playa Blanca*. Recursos mediante los cual, se buscaba la revocatoria o ajustes a lo autorizado, mediante diversos argumentos presentados por los recurrentes.

El acto administrativo que resuelve dichos recursos y confirma el permiso de ocupación de cauce para Corpoboyacá en Playa Blanca del Lago de Tota, es la RESOLUCIÓN N° 001271 (26 JUN. 2024) “Por la cual se resuelven los recursos de reposición interpuestos contra la Resolución 769 del 29 de abril de 2024 y se toman otras determinaciones”.

Este acto administrativo se nos ha notificado ayer (05/julio, 2024).


Superada esta etapa, resta que la entidad autorizada (Corpoboyacá) dé cumplimiento a los pormenores del permiso otorgado. 

*La resolución No. 769 del 29/abr 2024 que otorgó dicho permiso, puede verse/descargarse aquí: https://drive.google.com/file/d/1M1ytvhwkPLVtsyhEJA_Sn-YT4B7WDwqV/view

viernes, 21 de abril de 2017

Imponen medidas de prevención y control a piscicultores de trucha en jaulones

La autoridad ambiental CORPOBOYACÁ mediante Resolución #1310 fechada 07 de Abril 2017, ha resuelto imponer unas medidas de prevención y control al sector piscícola de trucha del Lago de Tota, orientadas al manejo integral de vertimientos provenientes de las jaulas flotantes de cría.

Ver/descargar Res. 1310/17 (PDF): Aquí.

Las determinaciones incluyen:

-Abstenerse del sistema de succión del fondo.
-Interesados en continuar deben implementar colectores.
-Cualquier alternativa distinta debe garantizar remoción completa de materia orgánica y demás componentes vertidos al agua.
-Implementar sistema seleccionado antes de 1 año contado desde la publicación del acto administrativo*.
-Se excluye de esta medida a las jaulas de alevinaje, con condiciones.
-Garantizar disposición final de residuos.
-Aquellos productores con permiso vigente que al término del plazo no hayan implementado el sistema previsto, deberán cesar actividad y retirar jaulones del cuerpo de agua.

De esta manera, CORPOBOYACÁ plantea una medida de choque tendiente al control sucesivo de vertimientos provenientes de los jaulones de trucha, no obstante queda en entredicho la situación ambiental frente al pasivo de polución creada al cuerpo de agua durante tantos años de operación piscícola sin gestión alguna a los residuos vertidos.

*Boletín #159 de Corpoboyacá, fechado 07/Abr 2017: http://www.corpoboyaca.gov.co/cms/wp-content/uploads/2017/04/Boletin-oficial-edicion-159-extraordinario-Abril-2017.pdf