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miércoles, 2 de diciembre de 2020

Fallo de Tutela 1a Instancia_ Caso Procuraduría y Lago de Tota

Fallo hoy notificado. Se declara al Lago de Tota y su cuenca, sujeto de derechos, entre otras varias determinaciones.

Visible aquí: https://app.box.com/s/zu003alpx82j7rzpsytk5wqgwiub9db2


Esta acción constitucional se relaciona con el debate inicial asociado a las alertas de plomo (Pb) en el Lago de Tota, de ello publicado aquí.

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Actualización (05/feb 2021):

Se cae la tutela anterior, por nulidad (una empresa que resultó afectada en fallo, pero no había sido vinculada, interpuso incidente de nulidad, que prosperó). No alcanza a entrar al análisis de 2da instancia. Las cosas regresan a su estado inicial (auto admisorio), esta vez acumulada con otra tutela posterior. El caso que a partir de ahora se estudia es, entonces, un caso acumulado (dos demandas de tutela), por similitud.

Detalles: https://www.facebook.com/groups/mocilato/permalink/3754037901308887/

2 comentarios:

ecoan1994@gmail.com dijo...

Como SUJETO DE DERECHOS y no el pasivo objeto de protección, la figura jurídica espera que los demás sujetos con derechos, es decir, los seres humanos, que sí los hacen valer para si mismos, lo hagan valer para este SUJETO - que a todos nos beneficia - por igual. Será que requerimos todo servido en bandeja para hacer valer los derechos del lago y su cuenca?

Carlos Chaparro dijo...

Felicitaciones al valiente Juez que con este fallo contribuye a la protección de esta riqueza, de la cual dependen 300.000 personas.

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